Resumen
Algunas de las recientes novedades normativas introducidas en la legislación de Extranjería muestran una tendencia de carácter restrictivo en cuanto a la limitación de la entrada y permanencia de personas extranjeras, incorporando la posibilidad de rechazar la entrada en España de aquellas personas que trataran de cruzar la frontera de manera irregular, quedando plasmada en la disposición adicional décima de la Ley Orgánica de Extranjería, si bien, dicho precepto también puntualiza que la posibilidad de rechazo se debe realizar respetando en todo caso la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte. Por el contrario, la doctrina emanada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha mostrado una trayectoria de carácter más garantista en orden a velar por los derechos de las personas extranjeras desde la perspectiva de los derechos humanos. El objetivo del presente trabajo parte de un análisis de las novedades normativas incorporadas a este respecto a la legislación de extranjería, junto con una visión de conjunto de la jurisprudencia de carácter más expansivo emanada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En este sentido, resulta especialmente relevante la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo de 3 de octubre de 2017 en el caso ND y NT contra España, en relación a las devoluciones automáticas en frontera, procedimiento en el que el Alto Tribunal ha condenado al Estado español al considerar que se vulneraban las normas europeas de derechos humanos, y que será objeto de análisis en este trabajo.
Referencias
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Derechos de autor 2017 Raquel Vela Díaz (Autor/a)