Mínimos punitivos aplicables para máximos responsables de crímenes de guerra según el Derecho Internacional Minimum punitive applicable for maximum responsible for war crimes according to International Law
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La presente investigación tiene como objeto el identificar cuáles son los mínimos punitivos aplicables para los máximos responsables de crímenes de guerra, según lo establecido por el Derecho Internacional, para ello se propone como estrategia metodológica, el enfoque cuantitativo mixto (CUAN-cual), desarrollado en un análisis de sentencias que comprende dos realidades: una objetiva, enmarcada en el número de años impuestos a los criminales de guerra, así que la pena y la conducta punible son claramente visibles, y otra subjetiva, dada en la naturaleza del tribunal internacional y el fin de la pena por este pretendido; en cuanto al diseño metodológico, se elige uno de tipo explicativo secuencial (DEXPLIS), donde se desarrollan una investigación CUAN y cual, de manera sistemática, donde el peso se inclina hacía la primera, en razón a la búsqueda de estándares punitivos, y así poder conectar un método con el otro en una teorización explícita. Ahora bien, frente a la muestra elegida, se revisan sentencias de los Tribunales de: Ruanda, Ex - Yugoslavia y Corte Penal Internacional. Tales análisis arrojan como resultados diferentes medias estadísticas que permiten dar cuenta de las inclinaciones que el Derecho Penal Internacional persigue cuando de castigar a los criminales internacionales se trata, resultados que objetivamente parecen estar lejos de un ideal común de justicia. Así las cosas, se tiene que el Derecho Penal Internacional no se concentra en establecer pisos para las penas aplicables a quienes han cometido crímenes de guerra, prestando sólo especial atención: en la idea de la justicia satisfecha.
The objective of this research is to identify the punitive minimums applicable to maximum war crimes perpetrators, as established by International Law. To this end, the quantitative mixed approach (CUAN-cual) developed as a methodological strategy is proposed In an analysis of sentences comprising two realities: one objective, framed in the number of years imposed on war criminals, so punishment and punishable conduct are clearly visible, and another subjective, given in the nature of the international tribunal and The end of the penalty for the intended; In terms of methodological design, a sequential explanatory type (DEXPLIS) is chosen, where a CUAN investigation is developed and, in a systematic way, where the weight inclines toward the first, due to the search for punitive standards, and To be able to connect one method with the other in an explicit theorizing. However, the judges of Rwanda, the former Yugoslavia and the International Criminal Court are reviewing the chosen sample. Such analyzes show different statistical means to account for the inclinations that international criminal law pursues when punishing international criminals, which results objectively seem to be far from a common ideal of justice. Thus, we have that International Criminal Law does not concentrate on establishing floors for the penalties applicable to those who have committed war crimes, paying only special attention: in the idea of satisfied justice.
Derecho Penal Internacional, Corte Penal Internacional, crímenes de guerra, mínimos punitivos, criminal internacional, Tribunal de Ruanda, Tribunal para ExYugoslavia
Ambos, K, Superior Responsibility (2002). The Rome Statute Of The International Criminal Court: A Commentary, Vol. 3, pp. 823-872, Antonio Cassese, Paola Gaeta, John R. W. D. Jones, (ed.), Oxford, 2002. Available at SSRN: https://ssrn.com/abstract=1972189 or http://dx.doi.org/10.2139/ssrn.1972189
Ambos, K. (2010). El derecho penal internacional en la encrucijada: de la imposición ad hoc a un sistema universal basado en un tratado internacional. Política Criminal: Vol. 5, Nº 9 (Julio 2010), Art. 6, pp. 237-256. Recuperado de: http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-33992010000100006
Ambos, K. (2012) crímenes de lesa humanidad y la corte penal internacional. Revista general de derecho penal. Recuperado de: http://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/temas/t_20120808_02.pdf
Contreras, A., Mateus, A. y Olasolo, H. (2015). La Naturaleza Imperativa Del Principio “No Hay Paz Sin Justicia” Respecto A Los Máximos Responsables Del Fenómeno De La Lesa Humanidad Y Sus Consecuencias Para El Ámbito De Actuación De La Llamada “Justicia De Transición”. México: UNAM. Recuperado de: goo.gl/F8gPfh
Corte Constitucional, (2012). Sentencia c-253, ley 1448, artículos 3 y 75, Bogotá, Colombia.
Corte Penal Internacional (2002) Cap., 6. Elementos de los Crímenes. Documentos Oficiales de la Asamblea de los Estados Partes en el Estatuto de Roma. Nueva York.
Corte Penal Internacional. (2006). Sentencia- ICC-01/04. Sala de Apelaciones.
Corte Penal Internacional, Sala de Primera Instancia. Ahmad Al Faqi Al Mahdi. (2016). Caso No.: ICC-01/12-01/15.
Corte Penal Internacional, Sala de Apelaciones. Katanga, G. (2015). Caso No.: ICC-01 / 04-01 / 07-3615.
Corte Penal Internacional para Ex Yugoslavia. Sala de Apelaciones. Furundžija, A. (2000),
A Caso No. IT-95-17/1-A.
Corte Penal Internacional para Ex Yugoslavia. Sala de apelaciones. Jelisić, G.(2001) Caso No.: IT-95-10-A.
Corte Penal Internacional para Ex Yugoslavia. Sala de Apelación. Brđanin, R. (2007). Caso No. IT-99-36-A .
Corte Penal Internacional para Ex Yugoslavia. Sala de Apelaciones. Đorđević, V. (2014) Caso No.: IT-05-87/1-A.
Corte Penal Internacional para Ex Yugoslavia. Sala de Apelaciones Bralo, M.. (2007).Caso No.: IT-99-36-A.
Corte Penal Internacional para Ruanda, Tribunal de Apelaciones. Buzimungu, A. et al. (2014) Caso No. ICTR-00-56B-A.
Corte Penal Internacional para Ruanda, Tribunal de Apelaciones. Imanishimwe, S. et al. (2006) Caso No. ICTR-99-46-A.
Corte Penal Internacional para Ruanda, Tribunal de Apelaciones. Bagosora, T. (2011) Case No. ICTR-98-41-A.
Corte Penal Internacional para Ruanda, Tribunal de Apelaciones. Nizeyimana, I. (2014) Case No. ICTR-00-55C-A.
Corte Penal Internacional para Ruanda, Sala de Primera Instancia. Nzabirinda, J. (2007) Case No. ICTR-2001-77-T.
Convenio de Ginebra del 22 de agosto de 1864 para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos en los ejércitos en campaña. (1864). CICR: https://www.icrc.org/spa/resources/documents/treaty/treaty-1864-geneva-convention-1.htm
Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña. (1949). CICR: https://www.icrc.org/spa/resources/documents/treaty/treaty-gc-1-5tdkna.htm
Cryer, R., Friman, H, Roinson D., Wilmshurst, E. (2010). An Introduction to International Criminal Law and Procedure. New York: Cambridge.
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. (1998). Roma: United Nations, Treaty Series, vol. 2187, No. 38544. https://www.icc-cpi.int/nr/rdonlyres/add16852-aee9-4757-abe7-9cdc7cf02886/283783/compendium3rd01spa.pdf
Estupiñan, R. 2012. La “Gravedad” de los Crímenes de Guerra en la Jurisprudencia Internacional Penal. Colombia: Revista Colombiana de Derecho Internacional. ISSN:1692-8156. Pág. 185-212 Recuperado de: http://www.scielo.org.co/pdf/ilrdi/n20/n20a08.pdf
Henckaerts, J. y Doswald-Beck L. (2005). Customary International Humanitarian Law Volume I: Rules. New York: Cambridge. Recuperado de: https://www.icrc.org/eng/assets/files/other/customary-international-humanitarian-law-i-icrc-eng.pdf
International Criminal Court – Office of The Prosecutor. (2003). Draft paper on some policy issues before the Office of the Prosecutor. Pág. 1-9. Recuperado de: https://www.icc-cpi.int/nr/rdonlyres/1fa7c4c6-de5f-42b7-8b25-60aa962ed8b6/143594/030905_policy_paper.pdf
International Law Commission. (1983). Informe de la Comisión de Derecho Internacional sobre la labor realizada en su 35° período de sesiones. Recuperado de: goo.gl/M19rVy
International Law Commission. (1984). Informe De la Comisión De Derecho Internacional sobre la labor realizada en su 36° período de sesiones. Recuperado de: goo.gl/KR9CwAcontent_copy
Liñan, A. (2016). Crímenes de Guerra. Madrid: Revista en Cultura de la Legalidad. ISSN: 2253-6655. Pág. 264-272. Recuperado de: http://e-revistas.uc3m.es/index.php/EUNOM/article/viewFile/3292/1968
Lubanga, T. (2007). Sentencia-ICC-01/04-01/06.Corte Penal Internacional.
Martínez, A. 2014. El Principio de Justicia Universal y Los Crímenes de Guerra. Tesis Doctoral. Universidad Nacional De Educación a Distancia, España. Recuperado de: https://dialnet.unirioja.es/servlet/tesis?codigo=44246
Mateus, A., Rugeles J, Martínez, R. (2010) international criminal law and terrorism: ¿crime of international law? Revista de la facultad de derecho y ciencias políticas. Medellín, Colombia.
Moyano, P. 2015. Criterios de Imputación a Máximos Responsables por graves violaciones a los Derechos Humanos, un aporte a la Construcción de Paz. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia. Recuperado de: goo.gl/5Lscvo
Muñoz, M. (2016). La Corte Penal Internacional: Un Largo Camino. Madrid: Dykinson.
Olasolo, H. (2016). Dignidad Humana, Derecho Internacional penal y Justicia transicional. Instituto iberoamericano de la Haya. Holanda.
Procuraduría General de la Nación. Mínimos penales para máximos responsables. Recuperado de: www.procuraduria.gov.co/portal/media/file/200815documento.pdf
Pérez J., Acevedo, L. (2007) la responsabilidad del superior “sensu stricto” por crímenes de guerra en el derecho internacional contemporáneo. International law: magazine. Bogotá, Colombia.
Resolución 955/94 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas “Establecimiento de un Tribunal Internacional y aprobación del Estatuto del Tribunal Penal Internacional” S/RES/955 (1994), disponible en: http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=S/RES/955%20(1994)
Resolución 827/93 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas “Establecimiento de un Tribunal Internacional y aprobación del Estatuto del Tribunal Penal Internacional” E/RES/827 (1993), disponible en: http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=S/RES/827%20(1993)
Reyes, C. (2002). Teoría General del Derecho Penal Internacional: Una aproximación histórico-evolutiva. España: Universidad Internacional de Andalucía. Recuperado de: http://dspace.unia.es/bitstream/handle/10334/67/0026_Reyes.pdf?sequence=1
Rodríguez, L. (2012). La responsabilidad de los superiores jerárquicos militares y no militares a la luz de la Legislación Nacional del Estado de que se trate y de la experiencia internacional. En Cuenca, S. y Olásolo, H. (Ed.) Perspectiva Iberoamericana sobre la Justicia Penal Internacional. Valencia: Tirant lo Blanch.
Sloane, R. (2009). The Cost of Conflation: Preserving the Dualism of Jus ad Bellum and Jus in Bello in the Contemporary Law of War. Boston: Boston University of Law. Recuperado de: https://www.law.upenn.edu/live/files/2847-sloanethe-cost-of-conflation
Valencia, A. (2014). Paz con justicia transicional. Avocats sans frontières canada, Bogotá, Colombia
Urbina, J. (2008). crímenes de guerra, justicia universal e inmunidades jurisdiccionales penales de los órganos del estado. anuario mexicano de derecho internacional, vol. Viii, pág. 255-306, México D.F.
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